IMP ASSIST S.A. Términos y condiciones
Documento vigente

ORO

Consultá las condiciones aplicables, alcances, exclusiones y servicios incluidos.

Actualizado 27/07/2026 Plan ORO
Estas condiciones particulares complementan las condiciones generales de ASSISTCOR. Consultar condiciones generales →

CONDICIONES PARTICULARES

Particular

ORO

  • PLAN INDIVIDUAL “S”: USUARIO Titular únicamente.

  • PLAN FAMILIAR “L”:     USUARIO Titular y su GRUPO FAMILIAR, hasta 4 personas.

  • PLAN FAMILIAR “XL”:   USUARIO Titular y su GRUPO FAMILIAR, más de 4 personas.

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1. SERVICIOS DISPONIBLES

1.1. MEDIPHONE 24 – CÓDIGO ROJO

Emergencias y Urgencias médicas – SERVICIO prestado por Ibero Asistencia S.A.

El uso de este SERVICIO se hará efectivo mediante el acceso a la PLATAFORMA (CAT: 0810-122- 8606 las 24 horas los 365 días del año) en todos los casos donde la sintomatología informada por el USUARIO refiere a un cuadro agudo el cual requiera una atención inmediata por presentar riesgo de vida del USUARIO.

 

SERVICIO: Comprenderá la atención, el diagnóstico presuntivo, medidas y/o tratamientos preliminares de emergencias que el personal médico del Prestador determine y el eventual traslado hasta el sanatorio, clínica u hospital que corresponda.

 

BONIFICACIÓN: Este SERVICIO esta bonificado al 100%.

1.2. MÉDICO A DOMICILIO - VIDEO CONSULTAS

Orientación Médica Remota – SERVICIO Doc24prestado por Portal Salud S.A.

El uso de este SERVICIO se hará efectivo mediante el acceso a la PLATAFORMA (CAT: 0810-122- 8606; App/Móvil: IMPASSIST o www.impassist.com.ar) pudiendo acceder on-line todos los días durante las 24 horas.

 

SERVICIO: El USUARIO tendrá acceso a video consultas con profesionales médicos especialistas en Clínica Médica o en Pediatría. El profesional brindará una orientación, pero no reemplaza ni sustituye la consulta médica presencial, ya que a través de la misma no se pueden realizar exámenes físicos.

  • Se admiten las siguientes modalidades de consulta:
    • Consulta espontánea o de guardia, mediante la modalidad de videoconferencia.
    • Consulta programada, mediante la modalidad de videoconferencia.
  • Durante cualquiera de las modalidades de consulta el paciente tiene posibilidad de enviar información adicional al profesional, ya sea mediante la captura de una foto, o adjuntando un archivo. En las modalidades de consulta por videoconferencia, esta funcionalidad es posible sin interrupción del flujo de video entre el paciente y el profesional. El profesional médico podrá requerir el envío de dicha información como condición necesaria para la emisión de un diagnóstico.
  • Se registrará el historial de las consultas, desde donde el paciente podrá ver los registros de atenciones realizadas utilizando la plataforma, y acceder a la información de las mismas.
  • Se cuenta con un canal de chat, desde donde el USUARIO podrá interactuar por mensajería de texto con un centro de atención en caso de dudas o inconvenientes con uso de la plataforma.
  • Se podrá grabar y registrar la videoconferencia o video consulta por cuestiones de estricta seguridad, resguardando la confidencialidad y secreto profesional del médico.
  • Se aclara expresamente que el presente SERVICIO no brindará diagnósticos ni recomendará tratamientos o medicación, y que la video consulta médica no obsta a que el USUARIO concurra a un establecimiento médico cuando la sintomatología lo requiera o lo indique el profesional médico que haya atendido al USUARIO mediante videoconferencia.

 

BONIFICACIÓN: Este SERVICIO esta bonificado al 100%.

 

Consulta médica Presencial - SERVICIO prestado por Ibero Asistencia S.A. o ROI S.A según zona

El uso de este SERVICIO se hará efectivo mediante el acceso a la PLATAFORMA (CAT: 0810-122- 8606; App/Móvil: ASSISTCOR o https://assistcor.com.ar)  para todos los casos donde la sintomatología informada por el USUARIO refiere a un cuadro que no compromete su integridad.

 

LUGAR: Este SERVICIO se brinda únicamente en el domicilio declarado.

SERVICIO: La asistencia comprenderá la atención, el diagnóstico presuntivo, medidas y/o tratamientos preliminares que el personal médico del Prestador determine.

 

BONIFICACIÓN: Este SERVICIO esta bonificado al 100%.

LÍMITE: Hasta 1 (una) consulta presencial diaria, hasta 2 (dos) solicitudes por mes y hasta 6 (seis) en los últimos 12 meses, por GRUPO FAMILIAR. No se tomarán solicitudes simultáneas ni conjuntas para el GRUPO FAMILIAR.

PRECIO PREFERENCIAL: Toda solicitud de SERVICIO por sobre el LÍMITE establecido, se prestará a un PRECIO PERFERENCIAL de $ 15.000 (pesos quince mil) por cada SERVICIO adicional y a cargo del USUARIO, y será abonado por el USUARIO Titular mediante debito en el mismo medio de pago declarado al momento de la REGISTRACION, o el que pudiera haberlo reemplazado.

1.3. MEDIPHONE 24 – ORIENTACION MÉDICA TELEFÓNICA

Orientación Médica Telefónica.

El uso de este SERVICIO se hará efectivo mediante el acceso a la PLATAFORMA (CAT: 0810-122- 8606) pudiendo coordinar en línea días hábiles durante el horario de 9:00 a 21:00hs. Fuera de esos días y horario, se registrarán los datos del USUARIO y en un plazo máximo de 12 horas, un coordinador contactará al USUARIO.

 

SERVICIO: Orientación médica telefónica, no brindará diagnósticos ni recomendará tratamientos o medicación y se limitará a orientar al USUARIO sobre:

  • dudas e interrogantes relacionados a la salud en general;
  • orientación sobre medicación, reacciones adversas, efectos secundarios y contraindicaciones;
  • orientación materno-infantil;
  • valoración de la necesidad de realizar una consulta médica con especialistas;
  • valoración de la necesidad de activar el SERVICIO Mediphone 24 –Códigos Verde, Amarillo o Rojo.
  • Información sobre Odontología de urgencia y conexión con centros odontológicos.
  • Información sobre centros de salud especializados y conexión con ellos.
  • Información sobre farmacias 24 horas
  • Información sobre farmacias con entrega a domicilio

 

BONIFICACIÓN: Este SERVICIO esta bonificado al 100%.

2. SERVICIOS CON DESCUENTOS

2.2. CENTRAL DE TURNOS

El uso de este SERVICIO se hará efectivo mediante el acceso a la PLATAFORMA (CAT: 0810-122- 8606; App/Móvil: ASSISTCOR o https://assistcor.com.ar)  pudiendo coordinar en línea días hábiles durante el horario de 9:00 a 17:00hs. Fuera de esos días y horario, podrá solicitarlos por nuestra web o podrá enviarnos un mensaje a través de WhatsApp al 117831-2182 y en un plazo máximo de 24 horas, un coordinador contactará al USUARIO.

 

SERVICIO: La concertación de turnos con especialistas médicos en las siguientes especialidades.

  • CLÍNICA MÉDICA;
  • PEDIATRÍA;
  • CARDIOLOGÍA;
  • DERMATOLOGÍA;
  • FLEBOLOGÍA;
  • FONOAUDIOLOGÍA;
  • GASTROENTEROLOGÍA;
  • GINECOLOGÍA;
  • INFECTOLOGÍA;
  • NEFROLOGÍA;
  • NEUMONOLOGÍA;
  • NEUROLOGÍA;
  • NUTRICIÓN;
  • OFTALMOLOGÍA;
  • OTORRINOLANRIGOLOGÍA;
  • TRAUMATOLOGÍA;
  • UROLOGÍA.

 

BONIFICACIÓN: Consiste en una bonificación por EVENTO del 100 % del costo de uso del SERVICIO y hasta el DESCUENTO TOPE.

DESCUENTO TOPE:  Hasta un máximo de $ 13.000 (trece mil pesos), por evento.

LÍMITE: se brindará hasta 6 (seis) EVENTOS en los últimos 12 meses, y hasta dos (2) EVENTOS por mes para cualquiera de las especialidades y por GRUPO FAMILIAR.

2.3. FARMACIA

El uso de este SERVICIO se hará efectivo mediante el acceso a la PLATAFORMA (CAT: 0810-122- 8606; App/Móvil: ASSISTCOR o https://assistcor.com.ar) pudiendo coordinar en línea días hábiles durante el horario de 9:00 a 17:00hs. Fuera de esos días y horario, podrá solicitarlos por nuestra web o podrá enviarnos un mensaje a través de WhatsApp al 117831-2182 y en un plazo máximo de 24 horas, un coordinador contactará al USUARIO.

SERVICIO: La compra de medicamentos recetados en el listado de farmacias.

 

BONIFICACIÓN: Consiste en una bonificación por EVENTO del 40% del costo de uso del SERVICIO y hasta el DESCUENTO TOPE

DESCUENTO TOPE: Hasta un máximo de $ 6.000 (seis mil pesos), por evento.

LÍMITE: se brindará hasta 1 (un) EVENTO por mes y hasta 3 (tres) EVENTOS en los últimos 12 meses, por GRUPO FAMILIAR.

EXCLUSIONES: El Descuento mencionado se aplicará únicamente sobre las especialidades medicinales comprendidas en el Manual Farmacéutico o similares, con excepción de lo siguiente:

  • Accesorios. (Material de curaciones, descartable, tiras reactivas, etc.);
  • Agentes para contraste radiológico;
  • Dentífricos;
  • Elementos fijadores y de limpieza de prótesis dentales, pastas, polvos e hilo dental;
  • Fórmulas magistrales, flores de Bach y herboristería;
  • Drogas Oncohematológicas (ej.: Leucomax, Neupogen, factores estimulantes de colonias);
  • Productos de perfumería, cosmética y dermatocosmética;
  • Productos de uso exclusivo en internación;
  • Productos de venta libre;
  • Productos dietéticos, alimenticios y leches;
  • Productos sin troquel;
  • Soluciones parenterales de pequeño y gran volumen;
  • Sueros y vacunas;
  • Agentes Inmunosupresores;
  • Derivados de la sangre y Eritropoyetina;
  • Droga Orlistat (Ej.: Xenical o productos de próxima aparición);
  • Droga Riluzol (Ej.: Rilutek o productos de próxima aparición;
  • Droga Sildenafil (Ej.: Viagra, Sildefil, Lumix o productos de próxima aparición);
  • Drogas utilizadas en el tratamiento del sida;
  • Interferones;
  • Productos para quimioterapia antineoplásica (oncológicos);
  • Productos que actúan sobre el crecimiento. (Hormona de crecimiento y anabólicos);
  • Productos para tratamiento de la esterilidad;
  • Droga Morfina, en cualquier tipo de presentación;
  • Estupefacientes;
  • Antidenenciales, antipiléptico, antisicótico y neuroléptico.

2.4. ÓPTICAS - HIPERVISIÓN S.A.

El uso de este SERVICIO se hará efectivo mediante el acceso a la PLATAFORMA (CAT: 0810-122- 8606; App/Móvil: ASSISTCOR o https://assistcor.com.ar) pudiendo coordinar en línea días hábiles durante el horario de 9:00 a 17:00hs. Fuera de esos días y horario, podrá solicitarlos por nuestra web o podrá enviarnos un mensaje a través de WhatsApp al 117831-2182 y en un plazo máximo de 24 horas, un coordinador contactará al USUARIO.

SERVICIO: la compra en las sucursales HIPERVISION con previa autorización; para armazones, cristales o lentes de contacto bajo receta o por reposición.

 

BONIFICACIÓN: Consiste en una bonificación por EVENTO del 100% del costo de uso del SERVICIO y hasta el DESCUENTO TOPE.

DESCUENTO TOPE: Hasta un máximo de $ 44.800 (cuarenta y cuatro mil ochocientos pesos), por evento.

LÍMITE: se brindará hasta 1 (un) EVENTO en los últimos 12 meses, por GRUPO FAMILIAR.

CARENCIA: El uso de este SERVICIO tiene una carencia de 60 (sesenta) días.

2.5. ODONTOLOGÍA

El uso de este SERVICIO se hará efectivo mediante el acceso a la PLATAFORMA (CAT: 0810-122- 8606; App/Móvil: ASSISTCOR o https://assistcor.com.ar) pudiendo coordinar en línea días hábiles durante el horario de 9:00 a 17:00hs. Fuera de esos días y horario, podrá solicitarlos por nuestra web o podrá enviarnos un mensaje a través de WhatsApp al 117831-2182 y en un plazo máximo de 24 horas, un coordinador contactará al USUARIO.

SERVICIO: Coordinar turnos de atención con profesionales para las siguientes prácticas:

  • CONSULTAS

    01.01.

    EXAMEN - DIAG,- FICHADO / PLAN TRATAMIENTO

    01.04.

    CONSULTA DE URGENCIA

    01.05.

    CONSULTA DE CONTROL

    01.08.

    CEMENTADO DE CORONA (NO SE PUEDE FACTURAR CON  01,04)

    01,50

    CONSULTA URGENCIA NOCTURNA

    01.01.11

    CONSULTA ESTOMATOLOGICA (Solo Especialistas Estomatólogos)

    01.01.12

    CONSULTA ATM 1° VISITA (Solo Especialistas ATM)

    01.01.13

    CONSULTA ATM VISITA POSTERIOR (Solo Especialistas ATM)

    OPERATORIA DENTAL

    02.02.

    RESTAURACIONES CON AMALGAMAS

    02.08.

    REST, CON COMPOSITES DE POLIM,QUIM,Y/O ION,VITR,

    02.09.01.

    RESTAURACION CON LUZ HALOGENA

    ENDODONCIA (El valor no Incluye R.X)

    03.01.

    ENDODONCIA EN UNIRRADICULARES

    03.02.

    ENDODONCIA EN MULTIRRADICULARES

    03.03.

    DOSOBTURACION DE CONDUCTOS

    3,05

    BIOPULPECTOMIA Y NECROPULPECTOMIA PARCIAL

    03.06.

    PROTECCION PULPAR DIRECTA

    ODONTOLOGIA PREVENTIVA

    05.01.

    TARTRECTOMÍA Y CEPILLADO MECÁNICO,

    05.02.

    CONS,PREV, PERIODICA-APLIC,FLUOR - HASTA  18 AÑOS

    05.04.

    DETECCION, CONTROL DE PLACA BACTERIANA

    05,05

    SELLADORES - HASTA 15 AÑOS

    05,06

    TRAT, CARIOSTATICOS Y REMINERALIZACIÓN

    ODONTOPEDIATRIA

    07.01.

    MOTIV,/CONS/ FICH,Y PLAN/TRAT, -  HASTA 15 AÑOS

    07.04.

    FORMOCRESOL

    07,07

    PROTECCIÓN PULPAR DIRECTA

    PERIODONCIA

    08.01.

    CONS/ EST, - DIAGNOST, - PRONOST, - PLAN/ TRAT,

    8.02.

    TRATAMIENTO DE GINGIVITIS MARGINAL SIMPLE

    08.03.

    TRATAMIENTO DE ENFERMEDAD PERIODONTAL - POR SECTOR,

    08.05.

    DESGASTE SELECTIVO O ARMONIZACIÓN OCLUSAL

    RADIOLOGÍA

    09.01.01.

    PERIAPICAL

    09.02.04.

    PANORAMICA

    CIRUGÍA

    10.01.

    EXTRACCIÓN DENTARÍA

    10.03.

    BIOPSIA POR PUNCIÓN O ASPIRACIÓN

    10.05.

    REIMPLANTE DENTARIO INMEDIATO AL TRAUMATISMO

    10.06.

    INCISIÓN Y DRENAJE DE ABCESOS POR VÍA INTRAORAL

    10.07.

    BIOPSIA POR ESCISIÓN

    10.09.

    EXTRACCIONES DE RETENIDOS O RESTOS RET,

    10.11.

    LIBERACIÓN DE DIENTES RETENIDOS

    10.13.

    TRATAMIENTO DE OSTEOMIELITIS

    10.14.

    EXTRACCION DE CUERPO EXTRAÑO

    10.16.

    FRENECTOMIA

    10,17

    EXTRACCION DE PIEZAS Y RESTOS RADICULARES EN RETENCION MUCOSA

 

BONIFICACIÓN: Consiste en una bonificación por EVENTO del 100% del costo de uso del SERVICIO y hasta el DESCUENTO TOPE.

DESCUENTO TOPE: Hasta un máximo de $ 13.000 (trece mil pesos), por evento.

LÍMITE: se brindará hasta 1 (un) EVENTO por mes por GRUPO FAMILIAR.

2.7. BLANQUEAMIENTO-PRÓTESIS E IMPLANTES

El uso de este SERVICIO se hará efectivo mediante el acceso a la PLATAFORMA (CAT: 0810-122- 8606; App/Móvil: ASSISTCOR o https://assistcor.com.ar) pudiendo coordinar en línea días hábiles durante el horario de 9:00 a 17:00hs. Fuera de esos días y horario, podrá solicitarlos por nuestra web o podrá enviarnos un mensaje a través de WhatsApp al 117831-2182 y en un plazo máximo de 24 horas, un coordinador contactará al USUARIO.

 

SERVICIO: Coordinar turnos de atención con profesionales para las siguientes prácticas:

  • BLANQUEAMIENTO DENTAL.
  • PRÓTESIS FIJAS E IMPLANTES.

 

BONIFICACIÓN: Consiste en una bonificación por EVENTO del 50% del costo de uso del SERVICIO y hasta el DESCUENTO TOPE

DESCUENTO TOPE:  Hasta un máximo de $ 13.000 (trece mil pesos), por evento.

LÍMITE: Se brindará hasta 1 (un) EVENTO por mes y 2 (dos) en los últimos 12 meses por GRUPO FAMILIAR.

CARENCIA: El uso de este SERVICIO tiene una carencia de 45 (cuarenta y cinco) días.

2.8. CHEQUEO MÉDICO GENERAL

El uso de este SERVICIO se hará efectivo mediante el acceso a la PLATAFORMA (CAT: 0810-122- 8606; App/Móvil: ASSISTCOR o https://assistcor.com.ar) pudiendo coordinar en línea días hábiles durante el horario de 9:00 a 17:00hs. Fuera de esos días y horario, podrá solicitarlos por nuestra web o podrá enviarnos un mensaje a través de WhatsApp al 117831-2182 y en un plazo máximo de 24 horas, un coordinador contactará al USUARIO.

 

SERVICIO: Coordinar turnos de atención con profesionales para un CHEQUEO MEDICO GENERAL e incluye todas o cualesquiera de las siguientes prácticas en un mismo EVENTO:

  • LABORATORIO
  • ORINA COMPLETA
  • RX TORAX
  • ELECTROCARDIOGRAMA
  • ERGOMETRIA 12 DERIVACIONES
  • ECOCARDIOGRAMA CON DOPPLER COLOR
  • PSA
  • ECOGRAFIA ABDOMINAL
  • ECODOPLER COLOR VASOS DEL CUELLO

 

BONIFICACIÓN: Consiste en una bonificación por EVENTO del 100 % del costo de uso del SERVICIO y hasta el DESCUENTO TOPE

DESCUENTO TOPE:  Hasta un máximo de $ 16.000 (dieciseis mil pesos).

LÍMITE: Se brindará hasta 1 (uno) por mes por GRUPO FAMILIAR, y hasta 1 (un) EVENTO en los últimos 12 meses por integrante del GRUPO FAMILIAR.

CARENCIA: El uso de este SERVICIO tiene una carencia de 45 (cuarenta y cinco) días.

3. ASISTENCIAS PRESTACIONALES

3.1. ASISTENCIA DOMICILIARIA

El uso de este SERVICIO se hará efectivo mediante el acceso a la PLATAFORMA (CAT: 0810-122- 8606 las 24 horas los 365 días del año) en caso de urgencia o emergencia en el DOMICILIO declarado por el USUARIO Titular al momento de la REGISTRACIÓN.

 

  1. SERVICIO de PLOMERÍA

En caso de rotura de cañerías, llaves u otras instalaciones fijas de agua de la vivienda declarada que se encuentren a la vista (caños flexibles, sifones bajo mesada, etc.), IMP Assist enviará, con la mayor prontitud posible, un operario que realizará la reparación de urgencia que se requiere para subsanar la avería, siempre y cuando el estado de tales instalaciones lo permita.

 

BONIFICACIÓN: Consiste en una bonificación por EVENTO del 100% del costo de uso del SERVICIO y hasta el DESCUENTO TOPE

DESCUENTO TOPE: Hasta un máximo de $27.000 (veintisiete mil pesos).

LÍMITE: Los montos no son acumulables y el USUARIO Titular podrá solicitar hasta 3 (tres) servicios al año.

EXCLUSIONES:

  • La reparación de cañerías, llaves u otras instalaciones fijas de agua de la vivienda beneficiada que no se encuentren a la vista.
  • La reparación de averías o fallas de cualquier elemento ajeno a las cañerías, llaves y otras instalaciones de origen propias de la vivienda
  • La reparación de daños por filtración o humedad, aunque sean consecuencia de la rotura de las cañerías y otras instalaciones mencionadas en la letra anterior.
  • La reparación y/o reposición de aparatos sanitarios, calderas, calentadores, radiadores, aire acondicionado y, en general, cualquier electrodoméstico conectado a las cañerías de agua.
  • La reposición de repuestos a cargo de IMP Assist, caños, flexibles, sifones y en general, cualquier repuesto o accesorio necesario para efectuar el servicio.

 

  1. SERVICIO de ELECTRICIDAD

En caso de falta de energía eléctrica en la vivienda declarada o en alguna de sus dependencias, producida como consecuencia de una falla o avería de las instalaciones eléctricas de la misma, IMP Assist enviará, con la mayor prontitud posible, un operario que realizará la reparación de urgencia necesaria para restablecer el suministro de energía, siempre que el estado de las instalaciones lo permita.

 

BONIFICACIÓN: Consiste en una bonificación por EVENTO del 100% del costo de uso del SERVICIO y hasta el DESCUENTO TOPE

DESCUENTO TOPE: Hasta un máximo de $9.000 (nueve mil pesos).

LÍMITE: Los montos no son acumulables y el USUARIO Titular podrá solicitar hasta 3 (tres) servicios al año.

EXCLUSIONES:

  • La reparación o reposición de elementos propios de la iluminación tales como lámparas, bombillas o tubos fluorescentes.
  • La reparación de averías que sufran los aparatos de calefacción, electrodomésticos y, en general, de cualquier avería de aparatos que funcionen por suministro eléctrico.
  • La reposición de repuestos a cargo de IMP Assist llaves térmicas, fusibles, disyuntores y en general, cualquier repuesto o accesorio para efectuar el servicio.

 

  1. SERVICIO de CERRAJERÍA

En caso de pérdida, extravío o robo de llaves o inutilización de cerraduras por causa accidental, que no se encuentre cubierta por una garantía y que haga imposible el acceso a la vivienda por no existir otras soluciones alternativas, IMP Assist enviará con la mayor prontitud posible, un operario que realizará la reparación de urgencia necesaria para restablecer la apertura y el correcto funcionamiento de la cerradura.

 

BONIFICACIÓN: Consiste en una bonificación por EVENTO del 100% del costo de uso del SERVICIO y hasta el DESCUENTO TOPE

DESCUENTO TOPE: Hasta un máximo de $9.000 (nueve mil pesos).

LÍMITE: Los montos no son acumulables y el USUARIO Titular podrá solicitar hasta 3 (tres) servicios al año.

 

  1. SERVICIO de CRISTALERÍA

En caso de rotura de vidrios o cristales verticales de puertas o ventanas que formen parte del cerramiento de la vivienda beneficiada, IMP Assist enviará con la mayor prontitud posible, un operario que procederá a la reposición del elemento afectado por la rotura.

 

BONIFICACIÓN: Consiste en una bonificación por EVENTO del 100% del costo de uso del SERVICIO y hasta el DESCUENTO TOPE

DESCUENTO TOPE: Hasta un máximo de $9.000 (nueve mil pesos).

LÍMITE: Los montos no son acumulables y el USUARIO Titular podrá solicitar hasta 3 (tres) servicios al año.

 

  1. SERVICIO de GAS

En caso de rotura de cañerías u otras instalaciones fijas de gas a la vista, de la vivienda declarada, IMP Assist enviará, con la mayor prontitud posible, un operario que realizará la reparación de urgencia que se requiera para subsanar la avería, siempre y cuando el estado de tales instalaciones lo permita.

 

BONIFICACIÓN: Consiste en una bonificación por EVENTO del 100% del costo de uso del SERVICIO y hasta el DESCUENTO TOPE

         DESCUENTO TOPE: Hasta un máximo de $ 9.000 (nueve mil pesos).

         LÍMITE: Los montos no son acumulables y el USUARIO Titular podrá solicitar hasta 3 (tres) servicios al año.

         EXCLUSIONES:

  • La reparación de averías o fallas de cualquier elemento ajeno a las cañerías o llaves de gas.
  • La reparación de daños por fugas o escapes, aunque sean consecuencia de la rotura de las cañerías y otras instalaciones mencionadas en la letra anterior.
  • La reparación y/o reposición de aparatos, calderas, cocinas, calefones, radiadores y, en general, cualquier artefacto o electrodoméstico conectado a las cañerías de gas.
  • La reposición de repuestos a cargo de IMP Assist, caños, flexibles y en general, cualquier accesorio necesario para efectuar el servicio.
  • La reposición o reparación de paredes, pisos, azulejos o cualquier otra superficie ajena a las cañerías de gas, aunque sean consecuencia del trabajo realizado o a realizar.

 

  1. SERVICIO de “HOGAR PUESTA A PUNTO”

Para casos que no correspondan a una prestación de servicios de urgencia, IMP Assist, a solicitud del titular del servicio, le proporcionará información y pondrá a su disposición o enviará a su domicilio, profesionales o personal de empresas que puedan formular un presupuesto y, en su caso, ejecutar las obras o lo que el titular del servicio desee realizar respecto de alguna de las siguientes especialidades:

  • Plomería.
  • Electricidad.
  • Cerrajería
  • Cristalería.
  • Gas
  • Albañilería.
  • Pintura.
  • Carpintería.
  • Técnicos de Audio, TV y Video.
  • Empresas de Mudanzas.
  • Guarda de Muebles.
  • Vigilancia
  • Técnicos de PC.
  • Herrería.
  • Instalación de estufas
  • Instalación de acondicionadores de aire
  • Instalaciones de cocinas
  • Instalaciones de lavarropas

 

El presupuesto telefónico de los trabajos es sin cargo ni límite y será siempre por cuenta del USUARIO Titular, el importe correspondiente a la ejecución de los trabajos y servicios solicitados y cualquier otro gasto que se produjera por el cumplimiento de tales prestaciones.

3.2. ASISTENCIA LEGAL TELEFÓNICA

El uso de este SERVICIO se hará efectivo mediante el acceso a la PLATAFORMA (CAT: 0810-122- 8606 las 24 horas los 365 días del año).

SERVICIO de ASISTENCIA LEGAL TELEFÓNICA

En caso de requerir la conexión con un abogado para que lo asista telefónicamente, brindándole asesoría y consultoría legal para gestionar todos los tramites que fueran necesarios para presentar las denuncias y gestiones correspondientes ante las autoridades competentes, Organismos de Investigación Judicial y cualesquiera otras que sean necesarias, dependiendo del lugar donde haya ocurrido el hecho. Asimismo, asesorará sobre las respectivas copias certificadas en caso de ser necesarias para la compañía de seguros, si correspondiere.

  • En caso de robo en el domicilio declarado por el USUARIO
  • En caso de robo del automóvil propiedad del USUARIO
  • En caso de accidente automovilístico donde es parte el USUARIO
  • En caso de pérdida o robo de documentos del USUARIO
  • En caso de fallecimiento (a los familiares en primer grado del USUARIO)

Los servicios de asistencia legal serán brindados por profesionales abogados matriculados, sin límite de eventos por año. IMP Assist no será responsable por el resultado de las gestiones y/o defensas realizadas por parte del abogado que eventualmente decida contratar el USUARIO, limitándose su prestación al acto de intermediación entre el abogado y el USUARIO, y a brindar la asistencia telefónica aquí establecida.

 

Referencia y consultoría legal vía telefónica

IMP Assist brindará, vía telefónica, los servicios de referencia y consultoría legal exclusivamente y limitado a las materias civil, penal y familiar, como pueden ser temas relativos a divorcios, sucesiones, pensiones alimenticias, cobro de cheques o pagarés, entre otros. En todo caso, los gastos en que incurra el USUARIO por la prestación de los servicios profesionales del referido, en caso de que el USUARIO decida contratarlo, serán por cuenta del USUARIO.

3.3. ASISTENCIA DE PROTECCIÓN PERSONAL

El uso de este SERVICIO se hará efectivo mediante el acceso a la PLATAFORMA (CAT: 0810-122- 8606 las 24 horas los 365 días del año).

SERVICIO DE PROTECCIÓN PERSONAL

Este beneficio será prestado sólo para el USUARIO Titular y consiste en brindar un entorno de contención y protección ante la situación traumática de robo en vía pública y durante el tiempo crítico posterior al siniestro e incluye:

  • Envío de mensajes urgentes
  • Orientación jurídica telefónica relacionada al robo
  • Información sobre números telefónicos para bajas de tarjetas de crédito.
  • Traslado del USUARIO: dentro de un radio de 60km, hasta su domicilio habitual o hasta el lugar designado por el USUARIO en taxi o remis (*).
  • Cambio de combinación de cerradura: en caso de encontrarse las llaves del domicilio del USUARIO entre los elementos robados el prestador reintegrará los gastos de reposición (*).
  • Traslado sanitario hasta centro médico más cercano en caso de robo con lesiones (**).
  • Primera asistencia médica: Cobertura de primeros gastos médicos como consecuencia de lesiones (**).

 

BONIFICACIÓN: Consiste en una bonificación por EVENTO del 100% del costo de uso del SERVICIO y hasta el DESCUENTO TOPE

DESCUENTO TOPE: (*) Hasta un máximo de $18.000  (dieciocho mil pesos). (**) Hasta un máximo de $27.000 (veintisiete mil pesos).

LÍMITE: Los montos no son acumulables y el USUARIO Titular podrá solicitar hasta 3 (tres) servicios al año.

EXCLUSIONES ESPECIALES

Sin perjuicio de las exclusiones específicas, quedan excluidos de la cobertura los siguientes daños y contingencias:

  • Los provocados intencionalmente por el USUARIO y/o Terceros.
  • Los que tuviesen su origen o fueran una consecuencia directa o indirecta de guerra, guerra civil, conflictos armados, insurrección, sublevación, rebelión, sedición, motín, huelga, vandalismo, desorden popular y otros hechos que alteren la seguridad interior del Estado o el orden público.
  • Los que tuviesen su origen o fueren consecuencia de terremoto o temblor de tierra, erupción volcánica, inundación, granizo u otros fenómenos de la naturaleza.
  • Los servicios que el titular del servicio haya concertado por su cuenta, sin la previa comunicación o sin el consentimiento de IMP.

4. COBERTURAS DE SEGUROS

4.1. COBERTURA DE INDEMNIZACIÓN EN CASO DE DIAGNÓSTICO DE CÁNCER

Riesgo Cubierto: La Compañía abonará el beneficio previsto para esta cobertura cuando al Asegurado se le diagnostique por primera vez Cáncer, con posterioridad al período de carencia estipulado en la presente cláusula y antes de alcanzar la edad máxima de cobertura establecida en Condiciones Particulares y/o Certificado Individual.

A los fines de esta póliza se definirá como Cáncer a la enfermedad producida por un tumor maligno caracterizado por el crecimiento y expansión incontrolados de células malignas, con invasión y destrucción del tejido normal. El cáncer debe ser diagnosticado y confirmado como tal por un profesional especialista, patólogo, a través de análisis histológicos.

Se incluyen: leucemia, linfoma maligno, enfermedad de Hodgkin, enfermedades malignas de médula ósea y cáncer de piel metastásico. Se excluyen expresamente:

  1. Tumores benignos.
  2. “Carcinoma in situ”, displasia cervical, cáncer de cérvix CIN I, II y III y todas las situaciones de premalignidad o cánceres no invasivos.
  3. Cáncer de próstata temprano intraglandular diferenciado, sin contacto ni invasión de cápsula ni de uretra, focal o multifocal.
  4. Melanoma de piel menor a un milímetro sin ulceración y sin invasión de dermis reticular.
  5. Hiperqueratosis o carcinomas de células basales de piel.
  6. Carcinomas de células escamosas de piel salvo que exista metástasis.
  7. Carcinoma ductal “in situ” de mama.

 

Período de carencia: Se establece un período de carencia de 60 días, con pago de primas, contado desde la fecha de inicio de vigencia de la póliza o de la inclusión del certificado individual en la misma, según corresponda. Ningún beneficio se otorgará si la enfermedad es diagnosticada antes de la finalización de este plazo de carencia.

Para el caso de reingreso al seguro, el período de carencia se aplicará en su totalidad a partir del inicio de vigencia del nuevo contrato.

 

Beneficio Previsto: En caso de que al Asegurado se le diagnostique por primera vez algún tipo de Cáncer cubierto por ésta Cláusula, la Compañía hará un pago único de $40.000 (cuarenta mil pesos) al momento de la comprobación del Siniestro. El Capital Asegurado es el que se consigna en las Condiciones Particulares y/o Certificado Individual.

Este beneficio es adicional e independiente de los demás beneficios previstos en la póliza y en el certificado individual.

 

Requisitos para la validez del diagnóstico:

Corresponde al Asegurado:

  1. Denunciar a la Compañía el diagnóstico de la enfermedad dentro de los 30 días de haber sido notificado del mismo, salvo casos de fuerza mayor o imposibilidad de hecho sin culpa o negligencia
  2. Presentar a la Compañía el diagnóstico confirmado por un informe anatomopatológico suscripto por especialista legalmente autorizado para el ejercicio de la profesión. No será válida al respecto el sólo diagnóstico clínico oncológico.
  3. Facilitar cualquier comprobación, incluso hasta dos exámenes médicos por facultativos designados por la Compañía y con gasto a cargo de ésta.

 

Terminación de la Cobertura: Adicionalmente a lo estipulado en las Condiciones Generales – Seguros Individuales o Colectivos–, según corresponda, la presente cobertura terminará:

  1. Cuando se rescinda la presente cobertura por cualquier causa;
  2. Cuando el Asegurado haya percibido el total del beneficio;
  3. Cuando el asegurado alcance la edad máxima de permanencia de esta cobertura, establecida en las Condiciones Particulares y/o Certificado de Incorporación de corresponder.

En caso de existir prima de riesgo no corrido a la fecha de terminación de la cobertura, la Compañía procederá a la devolución de la misma.

 

Edad Mínima/Máxima de Ingreso: Podrán incorporarse al seguro aquellas personas mayores de 18 años de edad y menores de 64 años.

 

Según lo establecido por la ley 25.246 y la Resolución 230/2011 de la Unidad de Información Financiera (UIF), deberán cumplimentarse los siguientes formularios: Datos de Identificación del cliente s/ solicitud de Póliza (Persona Física o Jurídica según corresponda), Declaración Jurada sobre la condición de Persona Expuesta políticamente.

4.2. COBERTURA DE CIRUGÍAS CARDIOVASCULARES

Riesgo Cubierto: La Compañía abonará el Capital Asegurado consignado en las Condiciones Particulares o Certificado Individual, cuando al Asegurado acredite haber sido sometido a alguna de las intervenciones quirúrgicas contempladas en el Listado de Beneficios Modulados que en Anexo "BM" forma parte integrante de la presente, y siempre que el origen de la enfermedad o accidente que generó la necesidad de efectuar la intervención quirúrgica se hubiere producido de acuerdo a la forma establecida en la presente cobertura y durante su vigencia. No se cubrirán condiciones preexistentes a la fecha de vigencia de la cobertura que sean causa de una intervención quirúrgica futura.

 

Período de carencia: Se establece un período de carencia de 90 días, con pago de primas, contado desde la fecha de inicio de vigencia de la póliza o de la inclusión del certificado individual en la misma, según corresponda. Ningún beneficio se otorgará si la enfermedad es diagnosticada antes de la finalización de este plazo de carencia.

Para el caso de reingreso al seguro, el período de carencia se aplicará en su totalidad a partir del inicio de vigencia del nuevo contrato.

 

Beneficio Previsto: La Compañía, comprobada la realización de la intervención quirúrgica a que se refiere el Riesgo Cubierto, abonará exclusivamente la suma indemnizatoria que corresponda a la cirugía o cirugías realizadas hasta $25.000 (veinticinco mil pesos), de acuerdo a lo establecido en las Condiciones Particulares y con posterioridad al acto quirúrgico mismo.

Si en el curso de una intervención quirúrgica se efectuaren dos o más operaciones por una o varias vías, se indemnizará, como, máximo, hasta el cien por ciento (100%) del módulo de mayor valor y el cincuenta por ciento (50%) del mayor módulo correspondiente a las demás. Si una operación se hubiese podido efectuar durante el curso de una intervención quirúrgica inicial, y no se efectuase antes de transcurridos treinta (30) días desde la fecha de dicha intervención, no estará cubierta por esta cláusula, salvo que comprobadas complicaciones de salud la hiciesen necesaria.

Las reintervenciones generadas por complicaciones súbitas o imprevistas serán indemnizadas al cien por ciento (100%) del valor del módulo.

 

Requisitos al Asegurado para la comprobación del siniestro:
    1. Denunciar a la Compañía la realización de la intervención quirúrgica dentro de los 15 días de haber sido realizada la misma.
    2. Presentar a la Compañía todas las evidencias y comprobantes médicos que certifiquen el diagnóstico de la enfermedad y la cirugía realizada y autorizar a la Compañía a requerir de sus médicos tratantes todos los antecedentes que ellos posean.
    3. Presentar la denuncia a la Compañía, dentro de los treinta (30) días de realizada la intervención, con un informe escrito por un especialista con el diagnóstico y tratamiento efectuado, en formulario provisto por la Compañía, acompañado de documentación respaldatoria originada en certificaciones y resultados de estudios practicados.
    4. Facilitar cualquier comprobación por parte de la Compañía, incluso hasta dos exámenes médicos por facultativos designados por la Compañía y con gasto a cargo de ésta.

El no cumplimiento en los términos indicados de las obligaciones establecidas en este punto hará perder el derecho al beneficio estipulado en la presente Cláusula, salvo que acredite caso fortuito, fuerza mayor, imposibilidad de hecho sin culpa o negligencia o la demora no impidiera a la Compañía realizar las comprobaciones necesarias para la verificación del siniestro.

 

 

DETALLE DE INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS CUBIERTAS:

Descripción

BVM

1

COLOCACION DE MARCAPASO/CARDIODESFIBRILADOR

1

2

VALVULOPLASTIA AORTICA MITRAL O PULMONAR

1

3

REEMPLAZO DE VALULA CARDIACA POR PROTESIS O INJERTO

1

4

DOBLE REEMPLAZO VALVULAR CARDIACO

1

5

REEMPLAZO DE UNA VALVULA CARDIACA

1

6

TRATAMIENTO QUIRURGICO DE LOS ANEURISMAS DE AORTA

1

7

DERIVACION-BY-PASS-AORTO CORONARIA Y/0 MAMARIO CORONARIO

1

8

RESECCION DE ANEURISMA VENTRICULAR C.OMO UNICA OPERACIÓN

1

9

RESECCION DE ANEURISMA VENTRICULAR C/CIRUGIA DE REVASCULARIZACION

1

10

ABLACION POR RADIOFRECUENCIA

1

11

ANGIOPLASTIA TRANSLUMINAL CORONARIA

1

 

Terminación de la Cobertura: Adicionalmente a lo estipulado en las Condiciones Generales – Seguros Individuales o Colectivos–, según corresponda, la presente cobertura terminará:

  1. Cuando se rescinda la presente cobertura por cualquier causa;
  2. Cuando el Asegurado haya percibido el total del beneficio;
  3. Cuando el asegurado alcance la edad máxima de permanencia de esta cobertura, establecida en las Condiciones Particulares y/o Certificado de Incorporación de corresponder.

En caso de existir prima de riesgo no corrido a la fecha de terminación de la cobertura, la Compañía procederá a la devolución de la misma.

 

Edad Mínima/Máxima de Ingreso: Podrán incorporarse al seguro aquellas personas mayores de 18 años de edad y menores de 64 años.

 

Según lo establecido por la ley 25.246 y la Resolución 230/2011 de la Unidad de Información Financiera (UIF), deberán cumplimentarse los siguientes formularios:

Datos de Identificación del cliente s/ solicitud de Póliza (Persona Física o Jurídica según corresponda), Declaración Jurada sobre la condición de Persona Expuesta políticamente.

4.3. COBERTURA TRASPLANTE DE ÓRGANOS

Riesgo Cubierto: La Compañía concederá el beneficio que acuerdan estas Condiciones Específicas, cuando al Asegurado le haya sido diagnosticada la necesidad de realizar uno de los Trasplantes definidos a continuación, siempre y cuando tal diagnóstico hubiese tenido lugar por primera vez, con posterioridad al período de Carencia y antes de la fecha en que el Asegurado alcance la edad máxima de cobertura estipulada en las Condiciones Particulares y/o Certificado Individual.

  • Trasplante de Médula Ósea;
  • Trasplante Hepático;
  • Trasplante Cardiopulmonar;
  • Trasplante Cardíaco;
  • Trasplante Renal;
  • Trasplante Pancreático;
  • Trasplante de Córnea.

 

Definición de los Trasplantes Cubiertos: Se define trasplante como la transferencia de órganos que puede ser: desde un individuo vivo (aloinjertos), del mismo individuo (autoinjerto) o de un cadáver (cadavérico).

El diagnóstico y la recomendación del trasplante correspondiente deberán ser efectuados al menos por dos médicos específicoistas, uno de los cuales será designado por el Asegurador y con costos a su cargo.

  • Trasplante de Médula Ósea: se trata del trasplante de células periféricas del propio paciente con potencial de instalarse en la médula ósea y generar ls células propias del tejido sanguíneo o tejido de la médula ósea de otra persona con la mayor compatibilidad posible con el fin de que funcione para la formación del tejido sanguíneo.
  • Trasplante Hepático: es el trasplante de hígado o de suficientes unidades funcionales del mismo para mantener las funciones metabólicas propias de ese órgano, instalándolo en el lugar anatómico correspondiente al hígado por la necesidad de conexiones arteriales, venosas y de conductos que hacen posible su funcionamiento.
  • Trasplante Cardiopulmonar: es el trasplante del corazón y los pulmones, en bloque, para reemplazar la función de bomba circulatoria y de oxigenación sanguínea de esos órganos ocupando el lugar natural de los mismos para poder realizar las conexiones con las venas, las arterias y el árbol bronquial.
  • Trasplante Cardíaco: es el trasplante del corazón para reemplazar la función de bomba circulatoria ocupando el lugar natural del órgano por la necesidad de las conexiones con arteriales y venosas.
  • Trasplante Renal: es la implantación de riñón para reemplazar la función de filtrado sanguíneo depurador deficitario por enfermedad renal del paciente.
  • Trasplante Pancreático: Trasplante de páncreas, para personas con lesiones traumáticas o degenerativas, siempre que sea la última alternativa posible para mantener la vida.
  • Trasplante de Córnea: es el reemplazo del tejido corneal con el fin de recuperar la transparencia y la potencialidad de enfoque del mismo.

 

Período de carencia: se establece un período de carencia de 120 días, con pago de primas, contado desde la fecha de inicio de vigencia de la póliza o de la inclusión del Certificado Individual en la misma, según corresponda. Ningún beneficio se otorgará si el diagnóstico acerca de la necesidad de efectuar el trasplante de órganos surge antes de la finalización del plazo de carencia.

No existirá período de carencia en los casos que el trasplante sea ocasionado por accidente ocurrido luego de la fecha de inicio de vigencia de la póliza o de la inclusión del Certificado Individual en la misma, según corresponda.

Para el caso de reingreso al seguro, el período de carencia senap0licará en su totalidad a partir del inicio de vigencia del nuevo contrato.

 

Beneficio: La Compañía, una vez comprobado el diagnóstico del trasplante por parte de su auditoría médica, abonará al Asegurado la indemnización correspondiente al trasplante que se haya efectuado, según los siguientes importes detallados para cada tipo de trasplante en las Condiciones Particulares yo Certificado Individual

Este beneficio es adicional e independiente de los demás previstos en la póliza y en los certificados individuales.

 

Requisitos para la validez del diagnóstico: La implantación de órganos se reconocerá cuando se hayan agotado todos los otros medios y recursos disponibles o sean inconvenientes o insuficientes como alternativa terapéutica de salud o conservación de la vida.

Para cualquier solicitud de indemnización por trasplante es condición ineludible e indispensable haberlo comunicado previamente al I.N.C.U.C.A.I. o a cualquier organismo que en el futuro lo reemplace.

Es indispensable, asimismo, que se cumplan en todas sus partes las disposiciones de la Ley de Trasplantes de Órganos, sus modificaciones y reglamentaciones.

El Asegurado deberá informar directamente a la Compañía cualquier diagnóstico acerca de la necesidad de efectuarse un trasplante dentro de los 5 (cinco) días de haber sido notificado del mismo, salvo casos de fuerza mayor imposibilidad de hecho sin culpa o negligencia.

Asimismo se deberá presentar un informe escrito por un especialista con el diagnóstico y tipo de trasplante efectuado en formulario provisto por la Compañía, acompañado de documentación respaldatoria originada en certificaciones y resultado de estudios practicados.

 

 

Páncreas

 

$300.000

 

Corazón

 

$300.000

 

Corazón-Pulmón

 

$350.000

 

Cornea

 

$35.000

 

Riñón

 

$150.000

 

Hígado

 

$350.000

 

Médula Ósea

 

$350.000

 

Terminación de la Cobertura: Adicionalmente a lo estipulado en las Condiciones Generales – Seguros Individuales o Colectivos–, según corresponda, la presente cobertura terminará:

    1. Cuando se rescinda la presente cobertura por cualquier causa.
    2. Cuando el Asegurado haya percibido el total del beneficio.
    3. Cuando el Asegurado alcance la edad máxima de permanencia de esta cobertura, establecida en las Condiciones Particulares y/o Certificado de Incorporación de corresponder.

En caso de existir prima de riesgo no corrido a la fecha de terminación de la cobertura, la Compañía procederá a la devolución de la misma.

 

Edad Mínima/Máxima de Ingreso: Podrán incorporarse al seguro aquellas personas mayores de 18 años de edad y menores de 64 años.

 

Según lo establecido por la ley 25.246 y la Resolución 230/2011 de la Unidad de Información Financiera (UIF), deberán cumplimentarse los siguientes formularios:

Datos de Identificación del cliente s/ solicitud de Póliza (Persona Física o Jurídica según corresponda), Declaración Jurada sobre la condición de Persona Expuesta políticamente.

4.4. INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS ALTA COMPLEJIDAD

Riesgo Cubierto: La Compañía abonará el beneficio previsto cuando el Asegurado sea sometido a alguna de las intervenciones quirúrgicas que figuran en el Listado 1 – Beneficios Previstos para Intervenciones Quirúrgicas, con posterioridad al Período de Carencia establecido en la presente cláusula y antes de alcanzar la edad máxima de cobertura estipulada en las Condiciones Particulares y/o Certificado Individual.

 

Período de carencia: Se establece un período de carencia de 90 días, con pago de primas, contado desde la fecha de inicio de vigencia de la póliza o de la inclusión del Certificado Individual en la misma, según corresponda, para todas las intervenciones que figuran en el Listado 1 – Beneficios Previstos para Intervenciones Quirúrgicas salvo pacto contrario.

 

Ningún beneficio se otorgará si la necesidad de efectuar la intervención surge antes de la finalización del plazo de carencia mencionado en el párrafo anterior.

No existirá período de carencia en los casos que la intervención sea ocasionada por accidente ocurrido luego de la fecha de inicio de vigencia de la póliza o de la inclusión del Certificado Individual en la misma, según corresponda.

El período de carencia deberá cumplimentarse para el caso de reingreso al seguro independientemente que el Asegurado lo hubiese cumplido un ingreso anterior, siempre que dicho seguro haya estado interrumpido en su vigencia por un periodo mayor a los seis (6) meses.

 

Beneficio Previsto: La Compañía una vez comprobada la realización de la intervención por su auditoría médica abonará el Capital Asegurado previsto para cas intervención en el Listado 1 – Beneficios Previstos para Intervenciones Quirúrgicas.

Los beneficios podrán utilizarse durante cada año póliza tantas veces como sea necesario por enfermedades o accidentes diferentes. Si en el curso de una intervención quirúrgica se efectuaren dos o más operaciones por una o varias vías, se indemnizará, el cien por cien (100%) de la intervención de mayor valor y el cincuenta por ciento (50%) del mayor monto correspondiente a las demás.

Este beneficio es adicional e independiente de los demás previstos en la póliza y en los certificados individuales. Capital Asegurado para Intervenciones Quirúrgicas:

 

 

 

Listado 1:

 

  • Nivel 1: $25.000.-
  • Nivel 2: $50.000.-

 

 

Prácticas y procedimientos                                            Código prestación PMO

Nivel

Ventriculocisternostomías                                                          01.02.01

Lobectomía parcial o total                                                          01.02.04

Tractotomía espinotalámica                                                       01.02.05

Tratam.Quir.Anerurisma Intracraneal                                        01.02.06

Reparación plástica senos craneales                                           01.02.09

Escisión neoplasia intracraneana                                                01.02.10

Intervenciones estereotáxicas                                                    01.02.13

Hipofisectomía                                                                            01.02.16

Ligadura aneurismas medulares                                                 01.03.03

Cordotomía espinotalámica                                                        01.03.04

Neurotomía retrogaseriana trigeminal                                       01.04.01

Neurotomía intermediario vestibular                                         01.04.03

Intervenciones nervios ópticos                                                   01.04.04

Cirugía de glomus yugularis                                                        03.02.10

Cirugía 2º y 3º nervio facial                                                         03.02.11

Cirugía del saco endolinfático                                     03.03.03

Cirugía conducto auditivo interno                                              03.03.04

Tratamiento quir. neurinoma acústico                                       03.03.06

Operación comando de laringe                                                   03.06.01

Operación comando de parótida                                                03.08.02

Operación comando piso de boca                                              03.09.01

Operación comando de lengua                                                   03.11.01

Operación comando de paladar                                                 03.12.05

Operación comando de faringe                                                  03.13.04

Operación comando de tiroides                                                 04.01.01

Adrenalectomía bilateral                                                            04.02.01

 

1

2

1

1

2

1

1

2

 

2

2

 

2

2

2

 

2

2

 

2

1

2

 

2

 

1

 

2

 

2

 

1

 

 

2

 

1

 

1

 

Lobectomía, bilobectomía o neumonectomía                            05.04.01

Resección enfisema bulloso bilateral                                         05.04.15

Tratamiento quirúrgico cardiopatías con hipotermia                07.02.02

Reemplazo válvula cardíaca                                                        07.02.03

Doble reemplazo valvular                                                           07.02.04

Reemplazo valvular y plástica de otra                                        07.02.05

Cierre de defectos septales                                                        07.02.06

Tratamiento quir. aneurisma de aorta                                      07.02.07

Aneurisma de aorta descendente                                               07.02.08

Cirugía de revascularización mediante puente aorto-

coronario o puente mamario-coronario (by-pass)                   07.02.09/10

Resección de aneurisma ventricular                                           07.02.11

Resección de aneurisma c/ cirugía de revascularización            07.02.12

Tratamiento quir. de aneurisma aorto-toracico                         07.03.02

Tratamiento quir. de aorta abdominal                                       07.04.01

Cirugía ramas viscer. aorta abdominal y troncos iliácos

(anastomosis)                                                                           07.04.02

Derivación aorto bifemoral                                                        07.04.04

Derivación aorto iliáco uni o bilateral                                        07.04.05

Anastomosis porto cava                                                              07.04.07

Esofaguectomía total y reconstrucción en un tiempo               08.01.01

Reemplazo de esófago                                                                08.01.04

Gastrectomía total                                                                      08.03.01

Colectomía total c/restitución tránsito                                       08.05.01

Colectomía total con ileostomía                                                 08.05.02

Operaciones radicales p/megacolon                                          08.05.06

Operaciones radicales p/megacolon(2)                                     08.05.07

Colonprotectomía total                                                              08.05.08

Proctosigmoidectomía                                                                08.05.09

Lobectomía hepática                                                                  08.07.01

Segmentectomía                                                                        08.07.02

Duodenopancreactectomía                                                         08.08.01

Nefroureterectomía total c/ cistectomía parcial                        10.01.03

Derivaciones ureterales                                                              10.01.12

Cistectomía total                                                                         10.02.01

Cistoplastía con colon o iliocistoplastía agrandamiento vesical 10.02.04 Cirugía comando de útero y anexos                                           11.02.01

Artroplastía de cadera cementada                                           12.10.01

Reemplazo de artroplastía cementada                                       12.10.07

Amputación interileoabdominal                                                 12.16.04

Discectomía cervical, dorsal o lumbar con artrodesis                12.17.02

2

2

 

2

2

2

2

2

2

2

 

2

2

2

 

2

 

2

 

2

2

2

2

 

2

2

 

2

 

1

1

2

2

2

2

 

2

1

 

2

 

1

1

 

1

1

 

1

 

2

 

1

 

1

 

1

 

Requisitos para la validez del diagnóstico: La Compañía debe contar, dentro de los (30) días de realizada la intervención, salvo casos de fuerza mayor o imposibilidad de hecho sin culpa o negligencia, con un informe escrito por un especialista con el diagnóstico y

 

tratamiento efectuado, en formulario provisto por la compañía, acompañado de documentación respaldatoria originada en certificaciones y resultados de estudios practicados.

 

Terminación de la Cobertura: Adicionalmente a lo estipulado en las Condiciones Generales – Seguros Individuales o Colectivos–, según corresponda, la presente cobertura terminará:

  1. Cuando se rescinda la presente cobertura por cualquier causa.
  2. Cuando el Asegurado alcance la edad máxima de permanencia de esta cobertura, establecida en las Condiciones Particulares y/o Certificado de Incorporación de corresponder.

En caso de existir prima de riesgo no corrido a la fecha de terminación de la cobertura, la Compañía procederá a la devolución de la misma.

 

Edad Mínima/Máxima de Ingreso: Podrán incorporarse al seguro aquellas personas mayores de 18 años de edad y menores de 64 años.

 

Según lo establecido por la ley 25.246 y la Resolución 230/2011 de la Unidad de Información Financiera (UIF), deberán cumplimentarse los siguientes formularios:

Datos de Identificación del cliente s/ solicitud de Póliza (Persona Física o Jurídica según corresponda), Declaración Jurada sobre la condición de Persona Expuesta políticamente.

Los seguros incluidos en este servicio se otorgan sin costo adicional al Titular, por lo tanto IMP Assist S.A. se reserva el derecho de introducir modificaciones en las coberturas o suspenderlas sin previo aviso.

La cobertura está a cargo de El Surco Cia. de Seguros S.A., el texto completo de las pólizas se encuentra a disposición de los USUARIOS en las oficinas de la aseguradora indicada, así como en las oficinas de IMP Assist S.A.

COBERTURAS DE SEGUROS

La cobertura está a cargo de El Surco Cia. de Seguros S.A., inscripta en la Superintendencia de Seguros de la Nación bajo el número 006. Acceda el texto completo de la póliza haciendo “click” en el siguiente hipervínculo, los originales se encuentran a disposición de los USUARIOS en las oficinas de la aseguradora indicada, así como en las oficinas de IMP Assist S.A.

Los seguros incluidos en este servicio se otorgan sin costo adicional al Titular y su Grupo Familiar por lo tanto IMP Assist S.A. se reserva el derecho de introducir modificaciones en las coberturas o suspenderlas sin previo aviso.